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Venta de casa habitación sin pagar impuestos

Publicado el 14 de noviembre de 2022 por
Taxdown
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Resumiendo, que es gerundio

La venta de una casa habitación puede estar exenta de pagar impuestos sobre la renta (ISR) si el monto no excede 700,000 UDIS (aproximadamente 5.3 millones de pesos). Para ello, se debe formalizar la operación con un fedatario público y presentar comprobantes de domicilio. Esta exención solo se aplica cada tres años. Además, no se paga IVA por la venta de casa habitación.

Venta de casa habitación exenta de pagar impuestos

¿Piensas hacer la venta de tu casa y quieres saber si debes pagar impuestos? En este artículo te queremos explicar lo que debes saber si piensas vender tu casa habitación y aprovechar los beneficios fiscales que establecen las leyes fiscales para no pagar impuestos federales por la operación.

Exención de ISR

Sabías que, de acuerdo con la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), las personas físicas que enajenen su casa habitación pueden exentar el pago de este impuesto siempre que el monto de la operación no sea mayor a 700,000 unidades de inversión (UDIS). Esta cantidad equivale aproximadamente a 5.3 millones de pesos (noviembre 2022). Si la venta fuera por una cantidad mayor se debe calcular cuál fue la ganancia y pagar el impuesto correspondiente.

Requisitos para exentar el pago de ISR por la venta de tu casa

Hay que recordar que, para que esta exención sea aplicable con el SAT, deberás formalizar la operación ante un fedatario público, con quién también deberás acreditar que se trata efectivamente de tu casa habitación, es decir, el lugar que habitas cotidianamente. Para hacerlo deberás presentar un comprobante de domicilio. Son aceptados los siguientes:

  1. Credencial para votar del Instituto Nacional Electoral (INE).
  2. Facturas de los pagos de servicios de energía eléctrica o de telefonía fija.
  3. Estados de cuenta bancarios o de tarjetas de crédito no bancarias.

Esta documentación puede estar a nombre propio, de tu esposo (a), ascendientes o descendientes.

¿Puedo exentar el pago del ISR por todas las casas que venda?

Lamentamos informarte que no es así. La misma LISR establece que este beneficio fiscal se puede aplicar solamente cada 3 años, por lo que, si en un lapso menor a ese vendieras una propiedad del mismo tipo, deberás pagar el impuesto correspondiente. Sin embargo, si eres de las personas que no sabe qué hacer, pues piensa vender dos propiedades con poco tiempo de diferencia, te recomendamos renunciar a la exención por la propiedad que represente menor beneficio para ti para aplicarla contra la que lo haga en mayor proporción.

¿Qué pasa si la venta de mi casa rebasa la cantidad por la que puedo exentar el ISR?

Debes saber que no todo son malas noticias. Para llegar al impuesto por pagar en esta operación antes se deberá calcular la ganancia que, a su vez, te permitirá aplicar las siguientes deducciones:

  1. El costo comprobado de adquisición actualizado. Esto quiere decir que al precio de venta le deberás restar el precio de compra o, con otras palabras, la cantidad que pagaste por el inmueble.
  2. Inversiones hechas en construcciones, mejoras y ampliaciones que no incluyan gastos de conservación. Si no contaras con los comprobantes fiscales que comprueben los pagos correspondientes, podrás presentar un avalúo.
  3. Gastos notariales, escrituración, impuestos y avalúos. Podrás deducir los honorarios del notario, así como los impuestos y derechos relacionados a la escrituración, tanto en la adquisición como la enajenación. Incluso podrás hacer deducible el impuesto local que hayas pagado por la enajenación de la propiedad. También se incluyen los gastos por avalúo realizado.
  4. Comisiones y mediaciones. Si tuviste que contratar a un comisionista que te ayudara para realizar la venta de tu propiedad, podrás deducir los pagos por estas comisiones.

Pago del ISR y declaraciones

Ahora bien, si existiera un impuesto por pagar, debes tomar en cuenta que el fedatario público ante quien se protocolice la venta será el responsable de calcular el impuesto, que te informará de cuánto deberás desembolsar como “pago provisional”, por lo que no tendrás que preocuparte por determinar ese cálculo por tu cuenta.

Las obligaciones no terminan con este punto pues, sin importar si la venta está gravada o exenta, se deberá de informar al SAT de la operación mediante tu declaración anual. Ahora bien, si la venta resultara exenta, debes saber que es de vital importancia presentar tu declaración anual, pues podrías perder el derecho a la exención si no lo hicieras.

¿Puedo exentar el ISR por la venta de un terreno o un local comercial?

De entrada, la respuesta es no. La LISR solo beneficia con una exención cuando se trata de casa habitación. Para otro tipo de inmuebles como terrenos u oficinas comerciales, se deberá pagar el impuesto correspondiente.

Exención de IVA en la venta de casa habitación

La segunda buena noticia es que, no importa la cantidad por la que vendas tu casa habitación, no deberás pagar el impuesto al valor agregado (IVA) por la operación. Así es, de acuerdo con la Ley de dicho impuesto, cualquier enajenación de casa habitación se encuentra exenta.

¿Vas a vender tu casa? No olvides asesorarte

Hay que tener en cuenta que estos temas pueden ser difíciles de manejar para muchos y no por ello dejan de ser una obligación. Si vas a vender tu casa te recomendamos buscar asesoría con un especialista en impuestos. Visita la página de TaxDown, uno de nuestros especialistas te ayudará a cumplir con tus obligaciones fiscales correctamente: https://www.taxdown.com.mx/.

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