¿Sabías que las personas físicas que obtienen ingresos de un empleador pueden presentar la declaración anual de sueldos y salarios y obtener una devolución de sus impuestos? Sí, leíste bien, muchas personas desconocen que aunque no se encuentran obligadas a presentar la declaración anual de sueldos y salarios pueden hacerla y gozar de estos beneficios.
Ahora, en el caso de los que se encuentran obligados, la historia es diferente ya que pueden tener una devolución o bien, deberán pagar el impuesto correspondiente.
¿Qué es?
La declaración anual de sueldos y salarios es el informe que se debe presentar al SAT sobre el total de ingresos obtenidos en el año calendario anterior, que provengan de las remuneraciones pagadas por empleadores, así como las deducciones personales que realizaste, obteniendo como resultado:
- Saldo a favor que puedes solicitar en devolución
- Un impuesto a cargo que si te encuentras obligado debes pagar
- Un resultado donde la cantidad por pagar sea cero.
Están obligados a presentar la declaración anual las personas físicas que obtengan ingresos en el Régimen de Sueldos y Salarios, siempre que se encuentren en cualquiera de los siguientes supuestos:
- Aquellos con ingresos mayores a $400,000 pesos anuales
- Los que obtengan otros ingresos, además de sueldos y salarios (servicios profesionales, actividad empresarial, arrendamiento, etc.)
- Los que terminen una relación laboral antes del 31 de diciembre o hayan tenido dos o más empleadores en el año.
- Cuando comuniquen por escrito al empleador que van a presentar la declaración anual por su cuenta.
- Los que obtengan ingresos por sueldos y salarios de personas que no realizan retenciones como organismos internacionales o embajadas.
¿Cuándo hay que presentarla?
Se presenta durante el mes de abril del año siguiente al que corresponda la información, no obstante, se puede presentar con posterioridad y si te encuentras obligado y tu resultado es a cargo, esta cantidad aumentará por las actualizaciones y recargos que se suman al impuesto por pagar.
¿Dónde y cómo se debe presentar?
La declaración se presenta en la página del SAT, ingresando a https://www.sat.gob.mx/declaracion/23891/presenta-tu-declaracion-anual-de-personas-fisicas-para-2021 con tu RFC y Contraseña o e.firma, o bien, puedes presentar tu declaración en TaxDown disfrutando de la tecnología y asesoría fiscal personalizada.
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¿Qué ventajas tiene presentarla?
Si presentas tu declaración anual puedes aplicar diferentes deducciones, entre las que se encuentran: gastos médicos, dentales, hospitalarios; honorarios de psicólogos o nutriólogos; análisis clínicos, compra de lentes ópticos graduados, gastos por incapacidad o discapacidad, gastos funerarios, donativos, intereses reales por créditos hipotecarios, aportaciones voluntarias al Sistema de Ahorro para el Retiro, depósitos en cuentas para el ahorro primas que tengan base de pensiones, primas por seguro de gastos médicos, colegiaturas hasta nivel bachillerato o su equivalente y gastos de transportación escolar obligatoria. Esto influye para que el SAT te devuelva un eventual saldo a favor, o si tuvieras que pagar estando obligado, disminuye dicha cantidad.
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