Donativos deducibles del ISR

Descubre cómo hacer deducibles tus donativos y maximiza tu devolución de impuestos apoyando causas que realmente importan.

Resumiendo:
Donativos deducibles ISR: Al apoyar a instituciones autorizadas puedes restar hasta 7 % de tus ingresos acumulables (4 % si son órganos de gobierno) en tu declaración anual. Solicita CFDI con clave D04, respeta el tope global de 15 % o 5 UMAS y conserva comprobantes.
Contenidos:

La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.

Actualizado en:
11/12/2025

Declaración anual del ISR

Si eres una persona física y obtuviste ingresos a lo largo del año fiscal, deberás presentar tu declaración anual del ISR en abril del año siguiente. En esta declaración se podrás aplicar deducciones personales que te pueden ayudar a disminuir un impuesto por pagar, o bien, aumentar un eventual impuesto a favor que podrás solicitar en devolución.

Entre estas deducciones personales se encuentran los donativos deducibles que se realicen a ciertas instituciones, estos deberán ser no onerosos ni remunerativos, es decir, sin considerar algo a cambio.

¿A qué instituciones se pueden entregar estos donativos?

La Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) permite que se realicen donativos y estos sean deducibles siempre y cuando se entreguen a las siguientes instituciones:

  • Instituciones de los tres órdenes de gobierno (federal, estatal y municipal).
  • Organismos internacionales de los que México sea miembro.
  • Personas morales que cuenten con la autorización del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para recibir donativos deducibles del ISR.

Para dar a conocer cuáles son las instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles, el SAT publica el Anexo 14 de la Resolución Miscelánea Fiscal, donde se enlista una relación de estas. Si deseas consultarla, puedes hacerlo desde esta liga: https://www.sat.gob.mx/normatividad/57558/resolucion-miscelanea-fiscal—rmf.

Si vas a entregar donativos, solicita factura

Uno de los requisitos indispensables para aplicar esta y cualquier deducción es que solicites un comprobante fiscal (factura electrónica) por la operación. Para ello te recomendamos que proporciones los siguientes datos y verifiques que se encuentren bien plasmados:

  • Nombre, RFC, código postal registrado ante el SAT y uso del comprobante. Para el último dato, te sugerimos verificar que se señale la clave D04 “Donativos”. También te recomendamos tener a la mano tu constancia de situación fiscal, la puedes descargar desde el siguiente enlace: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/53027/genera-tu-constancia-de-situacion-fiscal.
  • Número de oficio donde se otorga la autorización para recibir donativos deducibles.
  • Cantidad, valor y descripción de los bienes donados, o en su caso, el monto del donativo.
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*El costo del servicio varía según el monto a devolver. Puede ser gratuito, un 25% del saldo o una tarifa fija. El cobro nunca excederá los $999. El costo del servicio se cobrará del monto recuperado.

**Se incluyen hasta 3 declaraciones automáticas. La FED es un trámite distinto y puede requerir otros documentos.

Preguntas frecuentes

No te hagas bolas: aquí te explicamos lo que todos quieren saber.

¿Qué requisitos debe cumplir una organización para ser considerada como autorizada por la autoridad fiscal?

Para ser una organización autorizada a emitir recibos deducibles de impuestos, debe cumplir con estos requisitos: ser legalmente constituida y registrada, tener un objeto social de beneficencia o asistencia social, ser sin fines de lucro, llevar una contabilidad adecuada, presentar declaraciones fiscales a tiempo y emitir recibos con los requisitos establecidos. Recuerda renovar la autorización anualmente y estar preparado para inspecciones fiscales.

¿Qué tipo de comprobante necesito para que el donativo sea deducible?

Necesitas un CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet), o sea, una factura electrónica. Debe estar emitida a tu nombre, incluir tu RFC y señalar que es por un donativo deducible conforme al Art. 27 de la Ley del ISR. Si no tiene eso, el SAT te lo va a batear.

¿Puedo deducir donativos en especie o solo en dinero?

Sí puedes deducir donativos en especie (como alimentos, ropa, medicinas, etc.), pero es un poco más complejo. La organización debe poder valuar lo donado y emitirte un CFDI con ese valor. No es tan común, pero es posible. Eso sí, guarda toda la documentación de respaldo por si el SAT se pone quisquilloso.

Preguntas frecuentes sobre donativos deducibles en México

Resuelve tus dudas más comunes sobre cómo deducir donativos en tu declaración anual y los requisitos para hacerlo correctamente.

¿Qué requisitos debe cumplir una organización para ser considerada como autorizada por la autoridad fiscal?

Para ser una organización autorizada a emitir recibos deducibles de impuestos, debe cumplir con estos requisitos: ser legalmente constituida y registrada, tener un objeto social de beneficencia o asistencia social, ser sin fines de lucro, llevar una contabilidad adecuada, presentar declaraciones fiscales a tiempo y emitir recibos con los requisitos establecidos. Recuerda renovar la autorización anualmente y estar preparado para inspecciones fiscales.

¿Qué tipo de comprobante necesito para que el donativo sea deducible?

Necesitas un CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet), o sea, una factura electrónica. Debe estar emitida a tu nombre, incluir tu RFC y señalar que es por un donativo deducible conforme al Art. 27 de la Ley del ISR. Si no tiene eso, el SAT te lo va a batear.

¿Puedo deducir donativos en especie o solo en dinero?

Sí puedes deducir donativos en especie (alimentos, ropa, medicinas, etc.), pero es un poco más complejo. La organización debe poder valuar lo donado y emitirte un CFDI con ese valor. No es tan común, pero es posible. Eso sí, guarda toda la documentación de respaldo por si el SAT se pone quisquilloso.

Recomendación

Hay muchos factores que debes tomar en cuenta para hacer tu declaración anual. Si te interesa mejorar tu resultado y cumplir correctamente con tus obligaciones fiscales, visita nuestra página de internet y solicita la asesoría de uno de nuestros especialistas: https://www.taxdown.com.mx/.

Monto deducible

Para calcular los donativos deducibles se debe tomar como referencia el 7% de los ingresos acumulables, es decir, los ingresos por los que se deben pagar impuestos. Sin embargo, si estos donativos se entregan a instituciones gubernamentales, el monto deducible será del 4% de estos ingresos.

Sin embargo, actualmente a la cantidad antes mencionada se deberá integrar al monto máximo de todas las demás deducciones que prevé la LISR, y no podrá ser mayor al 15% del total de los ingresos o el resultado de 5 UMAS elevadas al año ($175,505.40 pesos para 2022), lo que resulte menor. Por lo tanto, hay que tener en cuenta que, por más donativos que realices, siempre existirá una cantidad limitada deducible.

Autor
Brenda Hernández Villa
Tax Lead en TaxDown
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Contadora especializada en materia fiscal con más de 10 años de experiencia en el SAT y el sector privado. Apasionada por ayudar a las personas a cumplir con sus obligaciones tributarias de forma sencilla y ágil. Mi enfoque está en automatizar procesos fiscales y diseñar soluciones innovadoras que generen impacto real.

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