La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.
Ojo, no cualquier cosa entra en la deducción. El SAT solo acepta ciertos gastos esenciales, como:
¿Y qué no puedes deducir? Nada de café, galletitas o arreglos florales carísimos. Tampoco la exhumación, por si pensabas desenterrar a alguien después de un tiempo.
No se trata de deducir funerales de medio mundo. Solo puedes hacerlo cuando pagas por:
Si el difunto era un primo, un cuate o tu suegra, el SAT no lo va a tomar en cuenta.
Aquí es donde hay que sacar la calculadora y hacer cuentas. El SAT establece que el tope máximo deducible para gastos funerarios es el equivalente a una UMA anual (Unidad de Medida y Actualización). Para 2025, esta cantidad asciende a 41,273.52 pesos.
Si los servicios funerarios costaron menos de esa cantidad, puedes deducir el total. Por ejemplo:
Pero si el funeral te salió más caro, aquí viene el detalle: el SAT solo te deja deducir hasta 41,273.52 pesos, sin importar si te gastaste el doble o más. Ejemplo:
Resuelve tus dudas sobre cómo deducir gastos funerarios en tu declaración anual y qué requisitos pide el SAT.
Solo puedes deducir gastos esenciales como ataúd o urna, servicios de velación, traslado del cuerpo, cremación o inhumación. No se aceptan gastos como café, galletas, arreglos florales o exhumación.
Puedes deducir gastos funerarios si pagaste el funeral de tu pareja (cónyuge o concubino/a), padres, abuelos, hijos, nietos o el tuyo propio. No aplica para otros familiares o amigos.
El tope máximo deducible es el equivalente a una UMA anual. Para 2025, esta cantidad es de 41,273.52 pesos. Si gastaste menos, puedes deducir el total; si gastaste más, solo puedes deducir hasta ese límite.
Debes pagar con transferencia bancaria, cheque nominativo o tarjeta de crédito/débito (no efectivo) y contar con factura electrónica (CFDI) y comprobante de pago válido.
Si algo le gusta al SAT, es el papeleo. Para que la deducción no se convierta en un problema, asegúrate de tener:
Si pensabas pagar en efectivo, mejor guárdalo para otra cosa, porque el SAT no lo acepta. Para que la deducción aplique, tienes que pagar con:
En resumen, si pagaste con billetes en mano, el SAT te va a decir: «¡No, joven! Eso no cuenta».
Contadora especializada en materia fiscal con más de 10 años de experiencia en el SAT y el sector privado. Apasionada por ayudar a las personas a cumplir con sus obligaciones tributarias de forma sencilla y ágil. Mi enfoque está en automatizar procesos fiscales y diseñar soluciones innovadoras que generen impacto real.