Gastos Funerarios:
Cuáles Son

Cómo Deducirlos Facilmente 

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Lidiar con la pérdida de un ser querido ya es bastante difícil, pero al menos el SAT tiene un pequeño consuelo: algunos gastos funerarios pueden deducirse en tu declaración anual. No es que esto alivie el dolor, pero bueno… menos impuestos, menos corajes. 

¿Qué tipo de gastos funerarios puedes meter en tu declaración? 

Ojo, no cualquier cosa entra en la deducción. El SAT solo acepta ciertos gastos esenciales, como: 

  • Ataúd o urna  
  • Servicios de velación  
  • Traslado del cuerpo  
  • Cremación o inhumación  

¿Y qué no puedes deducir? Nada de café, galletitas o arreglos florales carísimos. Tampoco la exhumación, por si pensabas desenterrar a alguien después de un tiempo. 

¿A quiénes les puedes deducir estos gastos? 

No se trata de deducir funerales de medio mundo. Solo puedes hacerlo cuando pagas por: 

  • Tu propio funeral (sí, aunque suene raro, es posible). 
  • Tu pareja, ya sea cónyuge o concubino(a). 
  • Tus papás o abuelitos
  • Tus hijos o nietos

Si el difunto era un primo, un cuate o tu suegra, el SAT no lo va a tomar en cuenta. 

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¿Cuánto puedes deducir? 

Aquí es donde hay que sacar la calculadora y hacer cuentas. El SAT establece que el tope máximo deducible para gastos funerarios es el equivalente a una UMA anual (Unidad de Medida y Actualización). Para 2025, esta cantidad asciende a 41,273.52 pesos

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¿Qué significa esto en la práctica? 

Si los servicios funerarios costaron menos de esa cantidad, puedes deducir el total. Por ejemplo: 

  • Gastaste 30,000 pesos → Puedes deducir los 30,000 pesos completos. 
  • Gastaste 41,000 pesos → Puedes deducir los 41,000 pesos completos. 

Pero si el funeral te salió más caro, aquí viene el detalle: el SAT solo te deja deducir hasta 41,273.52 pesos, sin importar si te gastaste el doble o más. Ejemplo: 

  • Gastaste 60,000 pesos → Solo puedes deducir 41,273.52 pesos
  • Gastaste 100,000 pesos → Solo puedes deducir 41,273.52 pesos, lo demás lo absorbes tú. 

¿Cómo hay que pagar para que el SAT lo acepte? 

Si pensabas pagar en efectivo, mejor guárdalo para otra cosa, porque el SAT no lo acepta. Para que la deducción aplique, tienes que pagar con: 

  • Transferencia bancaria – del banco a la funeraria, directo y sin escalas. 
  • Cheque nominativo – nada de pagar en efectivo «porque es más fácil». 
  • Tarjeta de crédito o débito – lo bueno es que puedes acumular puntos. 

En resumen, si pagaste con billetes en mano, el SAT te va a decir: «¡No, joven! Eso no cuenta».

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Si algo le gusta al SAT, es el papeleo. Para que la deducción no se convierta en un problema, asegúrate de tener: 

  • Factura electrónica (CFDI) con todos los datos correctos. 

Comprobante de pago que demuestre que usaste un método válido. 

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