La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.
Estos gastos pueden deducirse cuando los has pagado para ti o para tus familiares cercanos, como tu pareja, papás, abuelos, hijos o nietos, siempre y cuando no hayan ganado más del salario mínimo anual.
Eso sí, hay que cumplir con algunos requisitos. Los gastos tienen que estar comprobados con facturas de profesionales médicos titulados, y pagados por medios electrónicos, como transferencia bancaria, tarjetas de crédito o débito, o incluso con cheque a nombre de quien te dio el servicio.
Para este tipo de deducciones es indispensable utilizar medios de pago bancarizados. Es decir, cheques nominativos, transferencias electrónicas o tarjetas de débito y crédito. Es de suma importancia recordar que cualquiera de estos gastos que realices en efectivo no será deducible.
En muchas ocasiones nos encontramos con profesionales de la salud que nos dicen lo mismo: no doy factura. Sin embargo, debes saber que si no cuentas con un comprobante fiscal (factura electrónica) que ampare los gastos realizados, tampoco los podrás hacer deducibles. Por lo tanto, se recomienda que busques a profesionistas que se encuentren en el mundo de la formalidad.
Es aconsejable que, cuando obtengas tu factura, revises que tus datos fiscales se encuentran plasmados correctamente. Asegúrate de que venga bien tu nombre, clave del RFC, así como el código postal que tengas registrado en la constancia de situación fiscal y el uso del comprobante. Para este último dato, la recomendación es que siempre se solicite con la clave D01 “Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios”.
Resuelve tus dudas más comunes sobre cómo deducir gastos médicos y los requisitos para hacerlo correctamente ante el SAT.
Sí, puedes deducir gastos médicos realizados para ti, tus ascendientes (padres, abuelos), descendientes (hijos, nietos) y tu pareja (cónyuge o concubino/a), siempre y cuando estas personas no hayan tenido ingresos mayores a un salario mínimo anual durante el año en que se aplique la deducción.
Solo son deducibles los gastos médicos pagados mediante medios bancarizados: transferencias electrónicas, tarjetas de débito o crédito, o cheques nominativos. Los pagos en efectivo no son deducibles.
Sí, es indispensable contar con una factura electrónica (CFDI) emitida por un profesional médico titulado. La factura debe contener tus datos fiscales correctos y el uso del comprobante debe ser D01 “Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios”. Sin factura, el gasto no será deducible.
Año con año, existen cambios en la normatividad fiscal que vuelven más complejo el cumplir con tus obligaciones fiscales ante el SAT. Sin embargo, siempre puedes buscar la ayuda de un experto. Si pretendes obtener un mejor resultado en tu declaración y cumplir correctamente, te recomendamos visitar nuestra página de Internet y dejar que uno de nuestros especialistas te aconseje: https://www.taxdown.com.mx/.
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