¿Quiénes deben presentar la Declaración Anual?

Descubre si debes presentar tu declaración anual, quiénes están obligados y cómo puedes recuperar dinero fácilmente con TaxDown.

Actualizado en:
4/11/2026
Resumiendo:
Declaración Anual SAT: por regla general, la presentan los asalariados que ganan más de $400,000 MXN, tuvieron varios patrones, dejaron de laborar antes del 31 de diciembre, cobran de alguien que no retiene ISR, como una embajada, o suman otras entradas; y quienes brindan servicios, rentan, venden bienes o reciben intereses. Hazla a tiempo y podrías obtener saldo a favor con TaxDown.
Contenidos:

Asalariados: no siempre te salvas

Si trabajas por nómina, podrías pensar que tu patrón ya hizo todo por ti. Y en muchos casos es cierto. Pero hay situaciones en las que sí tienes que ponerte las pilas y presentar tu declaración. 

1.Si ganaste más de 400,000 pesos

¿Rebasaste este monto en el año? ¡Felicidades! Pero también, malas noticias: el SAT quiere que rindas cuentas. De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria, por regla general, los asalariados que obtuvieron ingresos superiores a $400,000.00 pesos en el año están obligados a presentar su Declaración Anual. Así como cuando te cae un dinerito extra y de repente «aparecen» familiares lejanos, aquí el SAT es ese tío que quiere su parte. 

2. Si tuviste varios patrones en el año

Cambiaste de trabajo, tuviste dos chambas al mismo tiempo o hiciste algo de «freelance» mientras seguías en tu empleo formal. En estos casos, el SAT quiere un desglose detallado de tus ingresos. El Servicio de Administración Tributaria precisa que si trabajaste para dos o más patrones en el mismo ejercicio, debes presentar declaración aun cuando no rebases los $400,000.00 pesos. Es como si te fueras de fiesta a dos reuniones en una noche: toca explicar en cuál gastaste más. 

3. ¿Dejaste de trabajar antes del 31 de diciembre?

Si en algún momento del año dijiste «¡Hasta aquí!» y colgaste los guantes antes del 31 de diciembre, estás en la lista de los que deben presentar su declaración. El SAT quiere saber por qué te «fuiste temprano de la fiesta». 

4. Si, además del salario, tienes otros ingresos

Trabajas en una oficina, pero también vendes productos por internet, haces diseños freelance o tienes un depa en Airbnb. El SAT lo ve todo, así que si combinaste fuentes de ingresos, también toca declarar. 

5. Si recibiste jubilaciones, pensiones o indemnizaciones

¿Eres pensionado o te indemnizaron? Aguas. Aunque muchas veces estos ingresos están exentos, hay situaciones en las que sí se declaran. Como diría tu abuelita: «Más vale preguntar que quedarse con la duda». 

6. Si te paga alguien que no te retiene ISR

Si trabajas para una embajada, un organismo internacional o una empresa del extranjero que no te retiene ISR, también tienes que presentar tu declaración, aunque no llegues a los $400,000.00 pesos. Como nadie te retiene, además te toca presentar cada mes, a más tardar el día 17, tu pago provisional de ISR. 

Otros contribuyentes que deben declarar

Si no eres asalariado, pero ganas dinero de otras formas, sigue leyendo. 

1. Servicios profesionales y actividades empresariales

Si eres freelancer, abogado, doctor o tienes un negocio propio, estás en la lista de los que presentan declaración. Así lo confirma el Servicio de Administración Tributaria, que incluye servicios profesionales, actividades empresariales, arrendamiento, enajenación de bienes, intereses y dividendos entre los regímenes obligados. El SAT te ve como un empresario de alto nivel, aunque apenas te alcance para el café de la mañana. 

2. Si rentas una propiedad

¿Recibes dinero por arrendar un depa, una casa o un local? El SAT quiere su parte, así que no creas que es solo cobrar la renta y ya. Declarar tus ingresos por arrendamiento es obligatorio. 

3. Ganancias por venta de bienes

Vendiste tu carro, una casa o algo de valor y obtuviste una ganancia considerable. Bueno, al SAT también le interesa saber sobre eso. No importa si lo vendiste por Marketplace o en una inmobiliaria, es importante verificar si debes declarar. 

4. Intereses, premios y dividendos

Si tienes inversiones, te ganaste un premio de lotería o recibiste dividendos por acciones, necesitas revisarlo. El SAT es como un amigo que nunca olvida cuando le debes algo. 

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**Se incluyen hasta 3 declaraciones automáticas. La FED es un trámite distinto y puede requerir otros documentos.

Preguntas frecuentes

¿Quiénes están obligados a presentar la declaración anual ante el SAT?
Por regla general, los asalariados y pensionados que ganaron más de $400,000 MXN al año, tuvieron más de un patrón, dejaron de trabajar antes del 31 de diciembre, cobraron de alguien que no retiene ISR, como una embajada, o tuvieron otros ingresos. También quienes obtienen ingresos por servicios profesionales, actividades empresariales, arrendamiento, venta de bienes, intereses, premios o dividendos.
¿Qué pasa si no presento mi declaración anual estando obligado?
Si estás obligado y no presentas tu declaración anual, el SAT puede aplicarte multas, recargos y otras sanciones. Además, pierdes la oportunidad de recuperar un saldo a favor en caso de que te corresponda. Por eso conviene cumplir en tiempo: evitas cargos económicos y, de paso, te aseguras de no dejar dinero tuyo en manos de la autoridad.
¿Puedo recuperar dinero si presento mi declaración anual ante el SAT?
Sí, si presentas tu declaración anual correctamente y tienes saldo a favor, puedes solicitar al SAT la devolución de impuestos. Con herramientas como TaxDown el proceso es más sencillo y te ayuda a recuperar ese dinero que es tuyo sin complicaciones.
Si gano menos de $400,000 MXN al año, ¿tengo que presentar la declaración anual?
Depende. Con un solo patrón en el año y sin otros ingresos, por lo general no estás obligado. Pero sí debes presentarla, aunque no llegues a $400,000 MXN, si tuviste dos o más patrones, dejaste de trabajar antes del 31 de diciembre, te pagó alguien que no retiene ISR, como una embajada, o cobraste otros ingresos, como honorarios o rentas.

¿Te toca declarar? ¡Podrías recibir saldo a favor!

No todo son malas noticias. Si presentas tu declaración correctamente, podrías recuperar dinero. Y aquí es donde entra TaxDown, que te ayuda a hacerlo rápido, sin errores y sin que termines gritando al monitor. 

La Declaración Anual no tiene que ser un dolor de cabeza. Si te toca, hazla a tiempo y evita broncas con el SAT: el Servicio de Administración Tributaria recibe la declaración de personas físicas del 1 al 30 de abril. Y si puedes recuperar algo de dinero, ¡mucho mejor! Así que revisa bien tu situación y, si necesitas ayuda, TaxDown está listo para echarte la mano. 

Autor
Brenda Hernández Villa
Tax Lead en TaxDown
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Contadora especializada en materia fiscal con más de 10 años de experiencia en el SAT y el sector privado. Apasionada por ayudar a las personas a cumplir con sus obligaciones tributarias de forma sencilla y ágil. Mi enfoque está en automatizar procesos fiscales y diseñar soluciones innovadoras que generen impacto real.

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