¿Cuándo hacer la declaración anual?

Conoce cuándo y cómo presentar tu declaración anual, evita multas y recupera tu saldo a favor fácilmente con ayuda experta.

Resumiendo:
Declaración anual ISR SAT: personas morales declaran en marzo y físicas en abril del año siguiente. Puedes presentar tarde; evitas multas si es antes de notificación, pero pagarás recargos e inflación. TaxDown simplifica el proceso y gestiona devoluciones de hasta cinco años.
Contenidos:

La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.

Actualizado en:
16/6/2026

¿Cuándo puedes hacer la declaración anual?

  • Personas morales: Deberán hacer su declaración durante el mes de marzo del año siguiente al ejercicio que se trate. Es decir, si hablamos de la declaración del ejercicio 2025, estas deberán realizar su declaración a más tardar el 31 de marzo de 2026, para poder cumplir en tiempo, conforme a los plazos publicados por el Servicio de Administración Tributaria
  • Personas físicas: Estás deberán cumplir durante el mes de abril del año siguiente al ejercicio que se trate. Por ejemplo, al referirnos a la declaración anual del ejercicio 2025, esta se deberá presentar a más tardar el 30 de abril de 2026, según lo señalado por el Servicio de Administración Tributaria

¿Puedo presentarla fuera de plazo? 

Sí, todos los contribuyentes pueden presentar una declaración fuera de plazo, ya que la obligación de presentarla no se extingue por el simple hecho de haber concluido el periodo de presentación. Es decir, si para un contribuyente ha concluido el plazo para presentar la declaración, es aconsejable que se presente.

¿Me pueden sancionar si no la presento? 

Sí, no presentar una declaración (ya sea anual, mensual, informativa, etc.) puede resultar en multas. Pero ojo, si presentas la declaración de forma voluntaria, sin que el SAT te lo exija, podrías evitar la sanción.

Por ejemplo, si una persona presenta su declaración el 15 de mayo, fuera de plazo, pero el SAT aún no le ha notificado una multa, es posible que ya no le pongan ninguna sanción.

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*El costo del servicio varía según el monto a devolver. Puede ser gratuito, un 25% del saldo o una tarifa fija. El cobro nunca excederá los $999. El costo del servicio se cobrará del monto recuperado.

**Se incluyen hasta 3 declaraciones automáticas. La FED es un trámite distinto y puede requerir otros documentos.

Recargos y actualizaciones 

No obstante, se sugiere que esto no sea una razón para “tomar las cosas a la ligera” ya que, si luego de la fecha límite para cumplir en tiempo se presenta la declaración, se deberán calcular actualizaciones para llegar a la cantidad por pagar

Esto significa que cuando no pagamos una declaración a tiempo, las leyes fiscales nos obligan a pagar ciertas cantidades, como lo son los recargos y las actualizaciones. Las primeras se tratan de una cantidad que se calcula con base en la cantidad que se debió pagar, a la cual se le aplica, para 2026, el 2.07% por cada mes de retraso, de acuerdo con la tasa de recargos por mora derivada de la Ley de Ingresos de la Federación para 2026 (1.38% mensual por prórroga, incrementada en 50% conforme al artículo 21 del Código Fiscal de la Federación). Las segundas, como su nombre lo indica, suman a las cantidades la inflación calculada entre los meses que se debió pagar el impuesto y el mes en curso.

En TaxDown creemos que todos los contribuyentes deben cumplir en tiempo y forma, por lo cual ofrecemos un servicio que te ayuda a presentar tu declaración de una manera fácil, rápida y sin errores. Nuestro sistema te ayuda a aprovechar al máximo todas las deducciones permitidas por aplicar y, en caso de tener un saldo a favor, te ayudamos a darle un seguimiento total a la devolución de esas cantidades. 

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se debe presentar la declaración anual ante el SAT?
Depende del tipo de contribuyente. Las personas morales deben presentar su declaración anual durante marzo del año siguiente al ejercicio fiscal; por ejemplo, la de 2023 se presenta a más tardar el 31 de marzo de 2024. Las personas físicas la presentan durante abril, es decir, la de 2023 a más tardar el 30 de abril de 2024.
¿Puedo presentar la declaración anual fuera de plazo?
Sí, puedes presentarla fuera de plazo. Todos los contribuyentes pueden hacerlo, porque la obligación fiscal no se extingue por haber concluido el periodo de presentación. Aunque el plazo ya haya terminado, es recomendable que la presentes para cumplir con tu obligación frente al SAT y evitar que tu situación fiscal siga acumulando consecuencias.
¿Qué pasa si no presento la declaración anual a tiempo?
No presentar la declaración anual a tiempo puede generarte multas. Sin embargo, si la presentas de forma voluntaria antes de que el SAT te notifique una sanción, podrías evitar la multa. Eso sí, además del impuesto deberás calcular y pagar recargos y actualizaciones por el tiempo de retraso acumulado hasta el momento del pago.

¿Cuentas con un saldo a favor de años anteriores? 

Aprovecha las ventajas de usar TaxDown. Nosotros te ayudamos a pedir devoluciones de hasta cinco años anteriores, plazo que coincide con el término de cinco años en que prescribe el derecho a la devolución de saldos a favor previsto en el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación. Es decir, si aún no revisas tus resultados de los últimos cinco años, acércate con nosotros, te ayudaremos a realizar un análisis de tu situación y a recuperar esas cantidades pendientes de cobrar. No pierdas la oportunidad de ejercer tu derecho. 

Autor
Brenda Hernández Villa
Tax Lead en TaxDown
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Contadora especializada en materia fiscal con más de 10 años de experiencia en el SAT y el sector privado. Apasionada por ayudar a las personas a cumplir con sus obligaciones tributarias de forma sencilla y ágil. Mi enfoque está en automatizar procesos fiscales y diseñar soluciones innovadoras que generen impacto real.

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