La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.
El aguinaldo es una cantidad de dinero extra que reciben los trabajadores una vez al año, como parte de tus beneficios laborales. Este es un derecho de las y los trabajadores establecidos en La Ley Federal del Trabajo (LFT) en su Artículo 87 el cual indica que deberá pagarse antes del 20 de diciembre y por lo menos deberá ser equivalente a 15 días de salario.
Quienes no hayan cumplido el año de servicio, sin importar que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo trabajado.
Otro punto que debes tener presente de conformidad con el Artículo 101 de la misma ley (LFT) es que dicho aguinaldo no podrá ser cobrado en mercancías, vales, fichas o cualquier otro signo representativo que sustituya un pago monetario y deberá pagarse con la moneda legal (peso mexicano MXN). Previo consentimiento del trabajador, el pago del salario podrá efectuarse por medio de depósito en cuenta bancaria, tarjeta de débito, transferencias o cualquier otro medio electrónico.
Conforme al artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), existe una cantidad sobre este aguinaldo la cual es libre de impuestos, la cual es equivalente hasta 30 días del salario mínimo vigente. En caso de que tu aguinaldo rebase esa cantidad, se calculará y pagará impuesto sobre la parte excedente.
Para calcular el ISR sobre el aguinaldo, se aplica la tasa de impuesto correspondiente al monto excedente, según la tabla de tarifas establecida en el Artículo 96 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Este pago se realiza de acuerdo al tipo de salario y/o el tiempo que lleve un trabajador en la empresa, estos pueden ser tres, los cuales son los siguientes:
El cálculo de estos aguinaldos implica un proceso complejo, ya que se deben considerar diversos factores. Por esta razón, te recomendamos contar con la asesoría de nuestros expertos fiscales, quienes te ayudarán a obtener el resultado de tu cálculo y resolverán tus dudas relacionadas con el SAT e impuestos.
Resuelve tus dudas más comunes sobre el aguinaldo, su cálculo y los impuestos que pueden aplicarse.
El aguinaldo es una cantidad de dinero extra que reciben los trabajadores una vez al año como parte de sus beneficios laborales. Es un derecho establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT) y debe pagarse antes del 20 de diciembre, siendo al menos equivalente a 15 días de salario. Si no se ha cumplido el año de servicio, se paga la parte proporcional conforme al tiempo trabajado.
Los descuentos que pueden aplicarse al aguinaldo incluyen el Impuesto Sobre la Renta (ISR), seguridad social, créditos y deudas fiscales. El aguinaldo está exento de descuentos como el de alimentos. Los descuentos varían según la legislación vigente y la situación del trabajador.
El ISR sobre el aguinaldo se calcula aplicando la tasa correspondiente al monto que exceda la cantidad exenta (hasta 30 días de salario mínimo). El procedimiento implica dividir la remuneración entre 365 y multiplicar por 30.4, sumar el ingreso ordinario, aplicar la tabla del Artículo 96 de la LISR y calcular la tasa efectiva para la retención.
El Artículo 174 del Reglamento de la LISR establece el procedimiento para la retención del ISR en pagos por gratificación anual, participación de utilidades, primas dominicales y vacacionales. Se debe calcular el impuesto sobre el monto excedente y aplicar la tasa correspondiente según la ley.
De acuerdo con el Artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), está exenta de ISR la cantidad equivalente hasta 30 días de salario mínimo vigente. Si el aguinaldo rebasa esa cantidad, se paga impuesto sobre el excedente.
Sabemos que cuando llega el aguinaldo, la emoción dura poquito… hasta que ves cuánto se fue en impuestos. Aquí te explicamos lo más preguntado sobre el ISR que se aplica a esa gratificación.
¿Cuándo aplica ISR Art 174?El artículo 174 del CFF establecía que las personas físicas que venden un bien inmueble y que obtienen un ingreso por esta enajenación están obligadas a pagar el ISR correspondiente si cumplen con ciertas condiciones, como las siguientes:
Si el valor de la enajenación del bien inmueble es mayor al límite establecido por la Ley del Impuesto Sobre la Renta para que estas operaciones estén exentas de impuestos.
Si la enajenación de bienes inmuebles es una actividad habitual, lo que podría considerarse como una operación de comercio o negocio.
Es importante tener en cuenta que las leyes fiscales pueden cambiar o actualizarse, por lo que te sugiero consultar la legislación fiscal más reciente o verificar con un experto en la materia para obtener información actualizada sobre el artículo 174 del CFF y su aplicación.
El aguinaldo es una prestación laboral pagada antes del 20 de diciembre en México. Los descuentos aplicados pueden incluir ISR, seguridad social, créditos y deudas fiscales. Está exento de descuentos como el de alimentos. Los descuentos varían según la legislación vigente y la situación del trabajador.
El aguinaldo es una prestación laboral crucial que todos los trabajadores deben conocer para aprovechar al máximo sus beneficios financieros. Saber cómo calcularlo adecuadamente, entender el impuesto de ISR que podría aplicar y conocer los descuentos que pueden afectar su monto es fundamental para tomar decisiones financieras inteligentes.
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El artículo 174 del Reglamento de la LISR establece que la persona que haga pagos por concepto de gratificación anual, participación de utilidades, primas dominicales y vacacionales, podrá retener el impuesto que corresponda conforme a las siguientes reglas:
Para calcular el impuesto a retener, se sigue un procedimiento específico:
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