¿Qué es el IVA retenido y cómo funciona?

Descubre cómo calcular, declarar y evitar errores al retener IVA, para cumplir con el SAT y cuidar tu bolsillo sin complicaciones.

Resumiendo:
Aprende qué es el IVA retenido, cuándo y cuánto retenerlo si eres persona física o moral, cómo declararlo y pagarlo en el SAT, los errores más comunes y sus multas, y cómo herramientas como TaxDown simplifican el proceso fiscal y maximizan tu saldo a favor.
Contenidos:

La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.

Actualizado en:
4/6/2026

¿Cómo se calcula el IVA retenido? 

Calcular el IVA retenido no es tan complicado como parece. Va así: si contratas un servicio y el proveedor te manda una factura con IVA incluido, tendrás que sacar un porcentaje de ese IVA para retenerlo. Este porcentaje depende del tipo de operación y de las reglas del SAT. O sea, es como cuando apartas dinero para pagarle al «mañana yo», pero en este caso, el beneficiario es Hacienda. 

Por ejemplo, si el IVA es de $160 y tienes que retener el 10%, el monto retenido será $16. Sencillo, ¿no? Bueno, más o menos. 

¿Quiénes están obligados a retener el IVA? 

Este es el punto donde la cosa se pone interesante. No todo el mundo tiene que jugar al «cobrador» del IVA; sólo ciertos contribuyentes están obligados. Veamos quiénes son: 

Retención de IVA para personas físicas 

Si eres una persona física con actividad empresarial o profesional (básicamente, un freelancer o emprendedor), puede que tengas que retener el IVA. Por ejemplo, si contratas servicios de outsourcing o subcontratación laboral, te toca retener un porcentaje del IVA. ¡Sí, aunque no quieras! 

Un tip: revisa tus contratos y las reglas fiscales vigentes. Más vale prevenir que andar dando explicaciones al SAT. 

Retención de IVA para empresas (personas morales) 

¿Eres empresa? Pues también te toca entrarle. Las empresas deben retener IVA en casos como: 

  • Contratación de servicios profesionales de personas físicas. 
  • Arrendamientos de inmuebles. 
  • Servicios de subcontratación laboral. 

En resumen, si contratas a alguien o rentas algo y hay IVA de por medio, lo más probable es que tengas que retener. ¡Aguas con los detalles! 

¿En qué casos se aplica la retención de IVA? 

Aquí van algunos ejemplos claros para que no te pierdas: 

  • Servicios profesionales: Cuando una empresa contrata a un profesionista independiente. 
  • Rentas: Si utilizas un inmueble para tu negocio y el propietario es una persona física. 
  • Outsourcing: Si contratas personal mediante una empresa externa. 

Si no sabes si aplica en tu caso, mejor pídele ayuda a TaxDown. Te ahorrarás dolores de cabeza y tal vez una multa. en el costo final para los consumidores.

Elige el plan que mejor se adapta a ti
Más allá de la declaración anual, escoge tu plan por un solo pago para todo el año
Paga hasta que el SAT te deposite
El plan que se adapta a ti: recupera tu dinero del SAT sin pago anticipado.
Incluye:
Perseguimos tu devolución. **
Asesoría incluida todo el año.
Asistencia vía chat respuesta en menos de 48h.
Empieza Gratis
La solución sin esfuerzo para tu declaración: tu declaración de forma sencilla y precisa.
desde$549
Incluye:
Seguimiento de los requerimientos del SAT.
Asistencia vía chat con respuesta en menos de 24h.
Webinars exclusivos para mejorar el resultado del próximo año.
Empieza ahora
Más allá de lo básico, asesoría premium: Sin preocupaciones, sin trámites. Solo resultados.
desde$1,199
Incluye:
Gestionamos los requerimientos que solicite el SAT.
Asesor dedicado a ti durante todo el proceso.
Asistencia vía chat/llamada/videollamada con respuesta en menos de 24h.
Asesoría incluida todo el año.
Webinars exclusivos para mejorar el resultado del próximo año.
Empieza ahora
*El costo del servicio varía según el monto a devolver. Puede ser gratuito, un 25% del saldo o una tarifa fija. El cobro nunca excederá los $999. El costo del servicio se cobrará del monto recuperado.

**Se incluyen hasta 3 declaraciones automáticas. La FED es un trámite distinto y puede requerir otros documentos.

¿Cómo declarar y pagar el IVA retenido? 

Aquí te va el paso a paso para que no te pierdas: 

  1. Calcula el total retenido: Suma todas las retenciones de IVA que hiciste durante el mes. 
  1. Llena tu declaración: Entra al portal del SAT (sí, esa página que siempre parece estar en mantenimiento) y captura el monto retenido.
  1. Paga: Haz el pago correspondiente y guarda tu comprobante. ¡Por nada del mundo lo pierdas! 

¡Listo! Ahora puedes dormir tranquilo sabiendo que hiciste las cosas bien. 

Preguntas frecuentes

¿Qué es el IVA retenido?
El IVA retenido es la parte del IVA que, en ciertas operaciones, el cliente no le paga al proveedor, sino que retiene y entera directamente al SAT en su nombre. Funciona como un anticipo del impuesto: el comprador descuenta ese monto de la factura y se vuelve responsable de pagarlo a la autoridad, asegurando así su recaudación.
¿Quiénes están obligados a retener el IVA?
Según el artículo 1-A de la Ley del IVA, principalmente las personas morales cuando reciben servicios profesionales o de comisión de personas físicas, arrendan bienes a personas físicas, contratan autotransporte terrestre de bienes o adquieren desperdicios. También las instituciones de crédito y quienes reciben servicios donde se pone personal a su disposición. Las personas físicas, por lo general, no retienen.
¿Cuánto IVA se retiene en cada operación?
El porcentaje depende del tipo de operación. En servicios profesionales, comisión y arrendamiento de personas físicas se retienen las dos terceras partes del IVA, equivalente al 10.6667% sobre el valor. En autotransporte terrestre de bienes se retiene el 4%. En servicios donde se pone personal a tu disposición, la retención es del 6% del valor de la contraprestación.
¿Cuándo se entera al SAT el IVA retenido?
El retenedor debe enterar el IVA retenido al SAT mediante su declaración mensual, a más tardar el día 17 del mes siguiente a aquel en que se efectuó la retención. Si ese día cae en fin de semana o día inhábil, el plazo se recorre al siguiente día hábil. La retención se entera completa, sin compensarse con saldos a favor.

¿Damos el paso juntos? Empieza gratis con nosotros.

Errores comunes y multas por no retener IVA 

¿Errores al retener IVA? Hay varios, y todos pueden salirte caros. Aquí van algunos: 

  • Ignorar las reglas: No saber cuándo te toca retener. ¡Ignorancia no es excusa! 
  • Cálculos malos: Si retienes menos de lo debido, podrías meterte en problemas. 
  • Olvidar declararlo: Retienes el IVA, pero no lo reportas al SAT. Oops. 

¡Y cuidado! El SAT no perdona y puede imponerte multas y recargos. Mejor haz las cosas bien desde el principio. 

Consejos para gestionar correctamente el IVA retenido 

Algunos tips prácticos para evitar metidas de pata: 

  • Mantente al día: Las reglas fiscales cambian más que los precios de la gasolina. ¡Infórmate! 
  • Lleva buenos registros: Anota todo, desde la factura hasta el monto retenido. 
  • Consulta a un experto: Si tienes dudas, un contador puede ser tu mejor aliado. 
Autor
Brenda Hernández Villa
Tax Lead en TaxDown
Thank you! Your submission has been received!
Oops! Something went wrong while submitting the form.

Contadora especializada en materia fiscal con más de 10 años de experiencia en el SAT y el sector privado. Apasionada por ayudar a las personas a cumplir con sus obligaciones tributarias de forma sencilla y ágil. Mi enfoque está en automatizar procesos fiscales y diseñar soluciones innovadoras que generen impacto real.

Más información
hero banner beneficio definitivo
4.7 en Google Play
8.000 valoraciones
Descarga nuestra App y recupera tu saldo desde donde quieras
Descubrelo GRATIS
¡Únete al equipo ganador!
Un equipo fiscal listo para apoyarte, completamente online y en todo México
Empieza GRATIS