El recibo de donativo es, hoy, una factura electrónica (CFDI) que solo puede emitir una donataria autorizada por el SAT. Debe llevar tu RFC, uso de CFDI D04 si eres persona física, y el complemento de donatarias con número y fecha del oficio de autorización más una leyenda obligatoria. Con él puedes deducir tus donativos en la declaración anual, hasta el 7% de tus ingresos acumulables del año anterior.
¿Hiciste una donación y te dieron un papelito que dice “recibo”, pero no sabes si te sirve ante el SAT? Hoy el recibo de donativo ya no es un formato en papel: es una factura electrónica con datos muy específicos.
Te explicamos qué es, quién puede emitirlo, qué debe traer y en qué errores conviene no caer para que tu donación cuente en tu declaración anual.
La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.
Durante años se habló de “recibos deducibles” impresos. Hoy, el comprobante que te da una donataria autorizada por tu donación es un CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet), es decir, una factura electrónica igual a las demás, pero con un añadido especial.
Ese añadido es el complemento para donatarias, un apartado obligatorio dentro de la factura que identifica que el pago fue un donativo y no la compra de algo. El SAT publica su estándar técnico en la versión 1.1, que es la que se usa con la factura 4.0.
Por eso, cuando alguien busca un “recibo de donación” o una “factura de donativo”, en la práctica está hablando del mismo documento: el CFDI de donativo.
💡 Un recibo simple, una carta de agradecimiento o el ticket de la terminal bancaria no sustituyen al CFDI. Para efectos fiscales, lo que cuenta es la factura electrónica con su complemento.
Según las preguntas frecuentes del SAT para donatarias, la factura debe emitirse dentro de las 24 horas siguientes a que reciben el donativo, y nunca antes de recibirlo. Si donas en línea, lo normal es que te pidan tus datos fiscales en ese momento o te den un portal para facturar.
Solo las organizaciones que el SAT autorizó para recibir donativos deducibles, conocidas como donatarias autorizadas. Si una asociación no tiene esa autorización vigente, no puede usar el complemento de donatarias y tu donación no será deducible.
La ley también permite deducir donativos a la Federación, estados, municipios y sus organismos descentralizados, con un tope menor (lo vemos más abajo).
Este padrón se publica cada año en el Anexo 14 de la Resolución Miscelánea Fiscal, y el SAT lo actualiza con modificaciones durante el año.
⚠️ Ojo: si una organización perdió su autorización, ya no puede emitir CFDI con el complemento de donatarias. Revisa antes de donar, no después.
Además de los datos de cualquier CFDI 4.0 (tu nombre, RFC, código postal y régimen fiscal), el SAT indica para las facturas de donativos estos datos clave:
Y dentro del complemento para donatarias:
No existe un “formato oficial” de recibo que debas descargar: cada donataria genera su CFDI con su sistema de facturación. A modo de ejemplo ilustrativo, los datos que deberías encontrar se verían así:
| Campo | Ejemplo de lo que debería decir |
|---|---|
| Emisor | Nombre y RFC de la donataria autorizada |
| Receptor | Tu nombre y tu RFC (no un RFC genérico) |
| Uso de CFDI | D04 Donativos |
| Concepto | Donativo · Cantidad 1 · $2,500.00 MXN |
| Método de pago | PUE |
| Complemento donatarias | Número y fecha del oficio de autorización + leyenda obligatoria |
Si eres persona física, el CFDI de donativo es lo que te permite aplicar la deducción personal por donativos en tu declaración anual (artículo 151, fracción III de la Ley del ISR). Sin factura válida, no hay deducción.
El tope es el 7% de tus ingresos acumulables del año anterior, antes de deducciones personales. Si donas a la Federación, estados, municipios o sus organismos, ese monto no puede pasar del 4%, y sumado con lo demás no puede rebasar el 7%.
💡 Ejemplo: en tu declaración del ejercicio 2025 tus ingresos acumulables fueron de $380,000.00 MXN. Para el ejercicio 2026, tu tope de donativos deducibles sería de $26,600.00 MXN (7%). Si en 2026 donaste $4,500.00 MXN a una donataria autorizada con su CFDI correcto, puedes deducirlos completos en la anual que presentas en abril de 2027.
Para el detalle de cómo se aplica esta deducción paso a paso, revisa nuestra guía de donativos deducibles. Y si quieres ver el panorama completo, aquí está nuestra guía de deducciones personales.
Sí. En su micrositio de deducciones personales, el SAT indica pagar con transferencia, tarjeta de crédito, débito o de servicios, o cheque nominativo desde una cuenta a tu nombre. Guarda también tu comprobante de pago junto con la factura.
Recapitulando: el recibo de donativo hoy es un CFDI con complemento para donatarias, solo lo emite una donataria autorizada por el SAT y, si está a tu nombre con uso D04 y pagaste por medios bancarios, te permite deducir hasta el 7% de tus ingresos acumulables del año anterior.
En TaxDown revisamos tus facturas de donativos y las demás deducciones personales, y nos encargamos de tu declaración anual por ti, explicándote en palabras sencillas qué dice el SAT.
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Fuente oficial
Descarga el XML y el PDF, y valida el folio fiscal en el verificador de comprobantes del SAT. También puedes consultarla entrando a Factura electrónica con tu RFC y Contraseña, en la sección de facturas recibidas.
⚠️ Si la organización no te emite la factura, pídela por escrito y con tus datos completos. Sin CFDI, la donación no cuenta para tu declaración anual.
Contadora especializada en materia fiscal con más de 10 años de experiencia en el SAT y el sector privado. Apasionada por ayudar a las personas a cumplir con sus obligaciones tributarias de forma sencilla y ágil. Mi enfoque está en automatizar procesos fiscales y diseñar soluciones innovadoras que generen impacto real.