Cómo dar de baja mi RFC

Descubre cómo suspender tus actividades en el RFC paso a paso y evita problemas fiscales cumpliendo con todos los requisitos del SAT.

Resumiendo:
Dar de baja RFC implica presentar la suspensión de actividades en el portal del SAT con tu contraseña o e.firma, elegir la fecha y descargar el acuse; recuerda declarar periodos previos y considerar asesoría para evitar inconsistencias.
Contenidos:

La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.

Actualizado en:
10/12/25

¿Cuándo debo darme de baja en el RFC?

Si venías realizando actividades económicas y decidiste dejar de hacerlas, entonces estás obligado a realizar una suspensión de actividades económicas en el RFC, es decir, darte de baja como contribuyente activo. Esto se hace para actualizar tu información en el RFC, a fin de no tener obligaciones activas que no te correspondan.

Para realizarlo es necesario contar con el RFC y la contraseña de acceso al portal. La suspensión tiene efecto inmediato y puede realizarse hasta 15 días antes de la fecha en que se realice el trámite. Es importante aclarar que si esta suspensión se hace a medio mes o tributa al menos un día en el mes, se deberá presentar la declaración de ese periodo.

Pasos para presentar el trámite de suspensión

Para presentar el trámite deberá seguir los siguientes pasos:

  1. Ingresar a https://www.sat.gob.mx/home 
  2. Deberás posicionar el puntero sobre la opción “RFC, Personas» a fin de que se despliegue el menú. 
  3. Selecciona la opción de “Suspende Actividades” y se abrirá la información del trámite.
  4. Posteriormente, ve al enlace «Aviso de suspensión de actividades«.
  5. Inicia sesión con tu contraseña o e.firma
  6. Confirma tus datos
  7. Deberás colocar la fecha de suspensión que, como ya dijimos, puede ser el día que se realiza el trámite o 15 días anteriores. En caso de que realices el trámite a nombre de alguien más como representante legal deberás llenar la información solicitada o bien dar siguiente si lo haces personalmente. 
  8. Una vez que finalizas el llenado te proporcionará un acuse de suspensión de obligaciones.

Seguirás obligado a cumplir con tus obligaciones

Mucha gente podría pensar que al suspender sus obligaciones ante el RFC, queda eximido de cumplir con las obligaciones de periodos anteriores pero esto no es así. Si presentas un aviso para suspenderte, solo quedarás relevado de las obligaciones que vengan a futuro. Sin embargo, todas las obligaciones correspondientes a los periodos en los que hayas tenido actividades económicas se deberán cumplir.

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**Se incluyen hasta 3 declaraciones automáticas. La FED es un trámite distinto y puede requerir otros documentos.

Preguntas frecuentes sobre cómo dar de baja mi RFC

Resuelve tus dudas más comunes sobre el proceso de suspensión de actividades en el RFC.

¿Cómo puedo darme de baja en el RFC?

Para darte de baja en el RFC debes ingresar al portal del SAT con tu RFC y contraseña, seleccionar "Suspensión de actividades", definir la fecha y confirmar tus datos. Al finalizar, obtendrás un acuse de suspensión. Es importante cumplir con tus obligaciones previas antes de la suspensión.

¿Cuándo debo darme de baja en el RFC?

Debes darte de baja en el RFC cuando dejes de realizar actividades económicas. Esto actualiza tu información y evita que tengas obligaciones fiscales activas que no te correspondan.

¿Qué obligaciones tengo después de suspender mi RFC?

Suspender tus obligaciones ante el RFC solo te exime de las obligaciones futuras. Debes cumplir con todas las obligaciones correspondientes a los periodos en los que tuviste actividades económicas antes de la suspensión.

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Autor
Brenda Hernández Villa
Tax Lead en TaxDown
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Contadora especializada en materia fiscal con más de 10 años de experiencia en el SAT y el sector privado. Apasionada por ayudar a las personas a cumplir con sus obligaciones tributarias de forma sencilla y ágil. Mi enfoque está en automatizar procesos fiscales y diseñar soluciones innovadoras que generen impacto real.

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